Respuesta al artículo Violencia
infrahumana... e impune de Don Luis de la Barrera
Genocidio en Ruanda
¿Porque fue posible el genocidio
de Ruanda? Porque las víctimas estaban incapacitadas de oponer resistencia,
carentes de medios para defenderse; en la Alemania nazi algo similar sucedió,
primero fueron prohibidas la posesión de armas por parte de los judíos, luego
vino el holocausto, como lo señala Stephen P. Halbrook en NAZI FIREARMS LAW AND
THE DISARMING OF THE GERMAN JEWS(1) .
Policías alemanes atormentando a
un judío
Cuando se revisan los procesos de
dominación sobre minorías, se encuentra que en todos ellos, los dominadores
buscaron limitar o eliminar la capacidad de autodefensa o resistencia de los
dominados, tal como lo manda la Ley XXXI del Titulo primero del Libro Sexto de
la Recopilación de las Leyes de Indias: “Que no se les pueda vender armas a los
indios, ni ellos tenerlas. Ordenamos y Mandamos, que ninguno venda, ni rescate
armas ofensivas, ni defensivas á los indios, ni á alguno dellos” (2).
Mural de Diego Rivera en el
Palacio Nacional de México
En el caso norteamericano desde
la colonia y ya como nación independiente, fueron emitidas leyes que prohibían
a los esclavos poseer armas, salvo con el permiso escrito del amo(3).
Esclavo azotado severamente,
Alabama, antes de la Guerra Civil, Daguerrotipo
Algo similar paso en la Sudáfrica
durante el Apartheid; en Guatemala durante el conflicto interno se desarmo a la
población, situación que facilitó el proceso contrainsurgente que afecto
principalmente la población indígena(4) . Por eso el Artículo 38 de la
Constitución Política de la Republica de Guatemala señala: Se reconoce el
derecho de tenencia de armas de uso personal, no prohibidas por la ley, en el
lugar de habitación. No habrá obligación de entregarlas, salvo en los casos que
fuera ordenado por el juez competente.
Exhumación de restos humanos,
Guatemala
En nuestro país el genocidio del
pueblo yaqui se llevo a efecto por medio de la deportación masiva, después del
desarme de las partidas remanentes de guerreros (La Frontera Nómada, Héctor
Aguilar Camín); algo similar sucedió en después de la guerra cristera, después
de ser desarmados, miles de ex cristeros fueron asesinados (Véase La Cristiada
de Jean Meyer).
Deportación de Yaquis durante el
Porfiriato
Soldado Federal muestra cebezas de Cristeros
Llamo la atención a nuestra
historia reciente y pongo a consideración que el artículo 10º de la
Constitución fue modificado y expedida posteriormente a todo vapor, una
legislación que buscaba impedir, que las migajas que quedaron de la legítima
defensa, contempladas en la redacción original del citado precepto
constitucional se hicieran efectivas y posteriormente, eliminada la capacidad
de defenderse con las armas, se inició la llamada guerra sucia.
Solo obsérvese las fechas de la
reforma constitucional y de la emisión de la ley y el surgimiento de los grupos
de exterminio de opositores, “Según los reportes oficiales, aunque la Brigada
Blanca se formó en 1972 y operó en Guerrero, Sinaloa, Chihuahua, Nuevo León,
Jalisco, Puebla y Morelos” (5)
La mencionada reforma fue
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de Noviembre de 1971 y
entro en vigencia el 26 de Enero de 1972, quince días después de la publicación
de la Ley misma que ocurrió en 11 de Enero de 1972 (6). No es casualidad que el
Artículo Séptimo transitorio de la Ley dijera: “El Reglamento correspondiente
señalará la forma y términos en que los particulares deberán deshacerse de las
armas que, habiendo estado permitidas y ya registradas a la fecha de la
publicación de esta Ley, quedan reservadas para uso exclusivo del Ejército, Armada
y Fuerza Aérea.” Un claro ejemplo de retroactividad, plenamente
anticonstitucional y por tanto contrario al espíritu que había animado las dos
grandes Constituciones liberales de nuestra patria.
Toma de protesta Diputados de la
Constituyente de Querétaro
Para ver el alcance de lo
expresado en la Constituyente de Querétaro adjunto lo que encontré en el Diario
de los Debates de la misma sobre el Artículo 10ª de nuestra carta magna. “El
derecho a portación de armas aparece mejor establecido en el artículo 10 del
proyecto de Constitución, que en la de 1857, pues se sujeta ese derecho, dentro
de las poblaciones, a los reglamentos de policía, y se prohíbe a los
particulares usar la misma clase de armas que el Ejército, Armada y Guardia
Nacional.” En dicho evento histórico, los Diputados pasaron sin mucha discusión
el derecho a la posesión y portación de armas de fuego, situación que en las
acaloradas discusiones de la asamblea, refleja en mi concepto, que para
aquellos hombres, que estaban saliendo de una larga dictadura y de un fuerte
periodo de lucha armada, que era natural para el individuo, el derecho a la
autodefensa, expresado en la siguiente formula “seguridad y legítima defensa”.
Entendían, que nadie tiene derecho a hacerse justicia por propia mano, pero que
a su vez, nadie debe dejarse matar o confiscar lo propio y que la integridad,
la dignidad, la propiedad y la libertad personal, son meros enunciados, si no
se poseen los medios para defenderlos y que un medio para hacerlos efectivos,
era que la ley fundamental otorgara al habitante (No solo al ciudadano) el
medio más efectivo, para impedir la agresión: las armas de fuego. Era no solo
el medio, sino además la confianza al sufrido habitante, ese que fue el gestor
de la defensa de la patria en todas las agresiones que sufrió el país en los
siglos XIX y XX, aquel que el himno llama a aprestar el acero y el bridón.
Don Jesús Rodríguez y Rodríguez
en su artículo referente al Artículo 10º de la Constitución en la excelente
obra CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS COMENTADA (7)
señala:
“Por nuestra cuenta, consideramos
que hoy como ayer, este precepto constitucional reviste una real y creciente
importancia, dado que una de las más graves y notorias faltas de la
administración pública ha sido y sigue siendo precisamente la deficiente
prestación del sel servicio de seguridad pública, deficiencia que en los días
que vivimos se ve acentuada por la aguda crisis económica, política y social
por la que atraviesa nuestro país, la cual ha generado una incontrolable
corrupción policiaca, un aumento desmedida de la criminalidad y, desde luego,
una enorme inseguridad de la población, particularmente en las grandes
concentraciones urbanas”
Casi cuarenta años después de la
reforma constitucional que cambio el régimen jurídico de la posesión, portación
de armas y la legítima defensa en nuestro país, el resultado de esos cambios es
negativo, pues existe una incapacidad del Estado en proporcionar seguridad,
pese a los grandes esfuerzos del Presidente Calderón por crear policías
acreditables; el control de armas es inexistente y más lamentable aun, los
ciudadanos tenemos que vivir en nuestros domicilios tras rejas y aun estas no
son suficientes, como medios para mantener alejados a los criminales. En la vía
pública y en nuestros trabajos sentirse seguro es un sueño continuamente
pospuesto (8).
Comprar un arma para la defensa y
protección del domicilio legítimamente, es entrar en un laberinto burocrático
de impedimentas y subterfugios y vericuetos legaloides, diseñados desde época
de Echeverría para hacer nugatorio las migajas del derecho inicialmente
consagrado en la Constitución y que finalmente promueve el negocio ilegal de
armas.
Frente a lo anterior expuesto, la
solución es seguir criminalizando al ciudadano honesto, pues me entero con
asombro, que un diputado panista presentó una propuesta, para prohibir
definitivamente que los habitantes de nuestro país, poseamos o portemos armas,
que es en mi concepto, la forma más efectiva de ponernos en manos de la delincuencia
común y organizada. En los países democráticos donde se ha implementado la
prohibición de poseer armas a los ciudadanos, los índices de victimización de
los habitantes se incrementaron severamente (9), no veo porque fuera a ser
diferente en nuestro país.
Los criminales de hoy, como el
criminal presidente de ayer(10), saben que la mejor forma de controlar a los
habitantes es desposeerlos de sus medios de defensa, véase la nota aparecida en
el Noticiero de Denise Merker (11), donde un grupo de facinerosos llegaron a
una población en Zacatecas, exigiendo las armas y un joven se resistió, matando
a un delincuente; en Opopeo Michoacán, la gente se resistió a las extorsiones
del grupo criminal de la Familia y procedieron a armarse, para defender su
vida, siendo desarmados por el ejército y reapareciendo al día siguiente el
grupo criminal(12); la heroica defensa de Don Alejo Garza Tamez en Tamaulipas,
en contra del grupo criminal de los Zetas ampliamente reseñada(13); el
secuestro y probable asesinato de un grupo de cazadores leoneses en Zacatecas,
ahora bien conocida la actuación del grupo criminal de los Zetas, con la
policía municipal de Joaquín amaro Zacatecas(14).
La incapacidad de defenderse por
falta de medios para hacer efectivo los derechos ciudadanos, debe ser causa de
preocupación de cualquier demócrata, de cualquier ciudadano; ese es el motivo
que en cada hogar suizo, existan armas de guerra y que suiza pueda levantar un
poderoso ejército en cuestión de horas, perfectamente armado y entrenado, sin dejar
de omitir, que Suiza, NO posee un ejército permanente; eso lo sabían los nazis,
por eso no invadieron ese país, los fundadores de esa nación habían sido sabios
al construir el ejército más poderoso, haciendo de cada ciudadano un soldado.
Ellos si pueden reclamar que un soldado en cada hijo les dio Dios y el Estado
suizo los armó y entreno.
Para mí fue conmovedor y
altamente esclarecedor, esto que a continuación explica un ciudadano suizo,
acerca de ese derecho, cuando observó lo que le había pasado a los judíos
alemanes: “fui a todas las salas del museo del holocausto, mientras miraba las
exhibiciones, oí un sonido curioso y se trataba de una mujer mayor, quizá unos
dos metros alejada de mi y ella estaba tratando de no llorar, sollozaba muy
calladamente, abrazándose a sí misma, si hubiera estado a unos metros más,
quizá no la hubiera escuchado, obviamente ella había vivido todo eso; ahí fue
cuando el impacto completo de aquello me golpeo y me prometí a mí mismo, que
nunca estaría en esa situación; si quería ser libre, no me debería encontrar en
una situación, en donde alguien me hiciera marchar a los hornos o a las
prisiones, quitándonos nuestra libertad. La clave de la libertad, es
desarrollar la habilidad de defenderte tu mismo y si no tienes las herramientas
de hacer eso, entonces estas a la merced de cualquiera que quiera eliminarte”
(15). Algo tristemente verdadero en nuestro país.
Los asesinos a que hice
referencia que buscaban desarmar a los pobladores en Zacatecas, así como Luis
Echeverría y los nazis, tienen por objetivo poner a los habitantes en la
situación de total indefensión. Es una característica de las dictaduras
controlar a los habitantes, por eso Lenin dijo que “Un hombre con una pistola
puede controlar a cien” (16), al referirse que se debían efectuar requisas
masivas de armas de fuego durante la Guerra Revolucionaria y que estas deberían
ponerse al servicio del partido bolchevique. Mao no se quedaba atrás: “Todos
los comunistas tienen que comprender esta verdad: El Poder nace del fusil.”
(Problemas de la guerra y de la estrategia (6 de noviembre de 1938), Obras
Escogidas, tomo II) (17).
Revolución Cultural
Es comprensible que las
dictaduras y los delincuentes teman a ciudadano armado, listo para defender los
bienes jurídicos a los que está obligado proteger (18). La búsqueda de la paz
no debe ser declarativa, implica preparación, la de los individuos al formarse
como ciudadanos, la del Estado proporcionando los medios para hacer efectivos
los derechos, pero en ambos casos: "Igitur qui desiderat pacem, praeparet
bellum"(19). Ya es tiempo que los ciudadanos honestos y respetuosos de la
ley, dejemos de estar del lado equivocado del cañón de un arma. La lógica de
los genocidas es que la victima siempre estará frente al cañón de un arma
indefensa y en el caso de nuestro país, se da esa situación, por una
combinación de marcos jurídicos que facilitan la indefensión; ausencia de
gobierno en el mejor de los casos o complicidad abierta con los grupos
criminales, situación que propicia el desarrollo de áreas grises. Un área gris
es un término para una frontera entre dos o más cosas que no están claramente
definidas; una frontera difícil de definir o incluso es imposible el hacerlo o
una definición donde la distinción de la frontera tiende a moverse. Por
extensión, es un área gris es un espacio geográfico en donde no existe una
fuerte presencia de la autoridad formal.
Cuando se observa el conjunto de
situaciones, que propician que cualquiera pueda ser víctima de los nuevos narco
genocidas, tanto por ausencia de gobierno, como de capacidad de autodefensa de
los habitantes, se seguirá viendo esta horrenda plaga de asesinos y puedo
asegurar, que si en los camiones atacados por los delincuentes, hubiera habido
ciudadanos armados, la posibilidad del crimen habría disminuido, se puede
argumentar que de todas formas, aun armados para responder, los muertos son
inevitables ¿Pero entre morir a manos de un grupo de cobardes asesinos, a golpe
de marro, o entre dolor prolongado y morir peleando? Ya es tiempo de decir a
los políticos, que si ellos quieren morir así, están en su derecho, pero
nosotros queremos hacerlo como mexicanos, al grito de guerra.
Don Alejo Garza Tamez
Aseguro que la suerte de
caballeros como Don Alejo Garza Tamez, Benjamín LeBaron y de la señora Marisela
Escobedo Ortiz, las cientos de mujeres objeto de feminicidios en Juárez y a lo
largo y ancho del Estado de México, no hubieran ocurrido, si en sus casas y
personas hubieran contado con armas correspondientes al riesgo que corrían, sin
embargo el Estado mexicano fallo, no solo en protegerlas, sino en siquiera
dejarlas que ellas mismas se protegieran. El precio del abandono es el
desprecio eterno. Ya es tiempo de discutir seriamente estos asuntos, sin
histerias y sin hacer del ciudadano armado un tabú.
Señora Maricela Escobedo Ortiz,
al oir el veredicto absolutorio del asesino de su hija
ALEJANDRO MONZON PAZ
Finalmente
Tú eliges lo que quieres para tu
hija
Notas:
1.Arizona Journal of International and
Comparative Law, No. 3, 483-535 (2000)
http://www.stephenhalbrook.com/article-nazilaw.pdf.
2.
http://www.congreso.gob.pe/ntley/LeyIndiaP.htm
3.
http://www.old-yankee.com/rkba/racial_laws.html
4. Guatemala Memoria del Silencio
http://shr.aaas.org/guatemala/ceh/mds/spanish/cap2/vol1/cinsurg.html
5.
http://www.jornada.unam.mx/2008/07/07/index.php?section=politica&article=014n1pol
6. Véase
http://reformapolicialmex.blogspot.com/2011/03/el-derecho-poseer-y-portar-armas.html
7. Quinta edición: 1994,
Universidad Nacional Autónoma de México, INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/4/1802/16.pdf
8. Véase notas como la aparecida
hoy en Milenio León: Un fundador de ANPIC deja León a causa de la violencia.
http://www.milenio.com/node/691163, donde el agravio da paso a la
desesperación.
9.
http://gunfacts.info/pdfs/gun-facts/5.1/gun-facts-5.1-spanish-screen.pdf Gun
Facts. En Español. Vease Gráfica: Homicidios en Inglaterra y Gales. Pp.
36
10 Véase la participación de
Echeverría en los hechos de 1968, la masacre del 10 de Junio y la guerra sucia
con su cauda de infames desapariciones forzadas
11.
http://www.youtube.com/watch?v=eTGoDIVqrhM&NR=1 Joven enfrentó a
"Zetas" durante 40 minutos, mató a dos sicarios. “Alfredo Ortiz,
alcalde de General Francisco R. Murguía, relató que los hechos sucedieron ayer;
un joven de 24 años de edad enfrentó sólo a tres camionetas de
"Zetas" y salió ileso”
12
http://narcotraficoenmexico.blogspot.com/2011/01/en-opopeo-mich-se-arman-contra-la.html
En Opopeo Mich. se "arman" contra "La Familia"
13. http://www.milenio.com/node/583343
Don Alejo Garza Tamez defiende su rancho del narco hasta la muerte
14.
http://narcotraficoenmexico.blogspot.com/2011/01/policias-entregaron-cazadores-sicarios.html
Policías entregaron cazadores a sicarios en Zacatecas
15. http://www.youtube.com/watch?v=0ufkwTM82e4
Why No One Invades Switzerland
16.
http://www.brainyquote.com/quotes/authors/v/vladimir_lenin.html Vladimir Lenin
Quotes. Véase También: http://www.kysrpa.org/pages/founding%20fathers.html
Statements of The Enemies of Liberty
http://es.scribd.com/doc/19346426/Mao-Tse-Tung-El-libro-rojo-de-Mao El Libro
Rojo de Mao.
17.
http://www.mexicolegal.biz/foro-verconsulta.php?id=9719 Romero Hdez, Rubén.
Legitima defensa Código Penal de Veracruz. “REPELER UNA AGRESION ILEGITIMA, actual
o inminente, en protección de bienes propios o ajenos, siempre que exista
necesidad razonable de la defensa, y no medie provocación suficiente por parte
del que rechaza la agresión o de la persona a quien se defiende.
18. Se presumirá que concurren los
requisitos de la legítima defensa, respecto de aquel que durante la noche
rechazare el escalamiento de paredes o rotura de los cercados, así como
entradas en su casa o departamento habitado o de sus dependencias, cualquiera
que sea el daño causado al agresor.
Igual presunción favorecerá a
quien causare cualquier daño a un intruso que sorprendiere en la habitación u
hogar propios, de su familia o de cualquiera otra persona que tenga la misma
obligación de defender, o en el local donde se encuentren bienes propios o
respecto de los que tenga la misma obligación, siempre que la presencia del
extraño revele evidentemente una agresión;” (Subrayado mío)
19. "así que quien desee la
paz, que prepare la guerra" http://es.wikipedia.org/wiki/Vegecio